Defensa de la intimidad en el tratamiento informatizado de los datos personales |
Matasellos
del Primer Día de Circulación
|
XX CONFERENCIA INTERNACIONAL SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS
Fecha de
emisión: 16 de septiembre de 1998
Valor: 70
pesetas
Tirada:
2.500.000
Papel:
Estucado, engomado, fosforescente
Estampación:
Offset
Tamaño de
los sellos: 40,9 x 28,8 mm. (horizontal)
Dentado:
13 3/4
Pliegos:
50 efectos
Coincidiendo
con la XX Conferencia internacional de Agencias de Protección de
Datos Personales, que este año se celebra en Santiago de Compostela
(A Coruña), se emite un sello con el que se pone de manifiesto el
interés que la Administración española tiene por la defensa de la
intimidad de las personas físicas en relación con el tratamiento
informatizado de los datos personales.
Los países miembros de la
Unión Europea cuentan con órganos específicos que tratan de
garantizar y defender la privacidad de los datos personales de sus
ciudadanos frente al tratamiento informatizado de ellos. Según la
Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de Europa, de
24 de octubre de 1995, las autoridades de control deben ejercer sus
funciones con total independencia, contando para ello con poderes de
intervención.
Fuera de la Unión
Europea, también existen organismos dedicados a la protección de
datos de los ciudadanos.
En España, el artículo
18.4 de la Constitución ya emplazaba al legislador a limitar el uso
de la información. Por ello y en aplicación de la Ley Orgánica
5/1992, de 29 de octubre, que regula el tratamiento automático de
datos de carácter personal, se creó la Agencia de Protección de
Datos. Este organismo está encargado de velar por el cumplimiento de
la legislación. Tiene personalidad jurídica propia y actúa con
total independencia de las Administraciones Públicas.
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